La Audiencia Provincial de Córdoba, concretamente el magistrado Don Felipe Luís Moreno Gómez, ha resuelto considerando que la comisión de apertura es nula por considerarla cláusula abusiva.
La sentencia resuelve que la entidad no dio suficiente información precontractual en la fase de previa a la firma en la notaria y tampoco se ha conseguido acreditar, la correlación entre el servicio prestado y el coste que finalmente repercutió sobre el consumidor por la misma, por lo que se declara la nulidad de la cláusula con la devolución de todo el importe repercutido al consumidor.
Dar la enhorabuena al amigo y compañero Felipe Chumilla letrado director del procedimiento en el que se ha dictado esta Sentencia que va a permitir que todos aquellos que tenemos hipoteca podamos reclamar la comisión, obteniendo unas devoluciones entre 1.000 y 3.000 Euros.
Animo a todos aquellas personas con hipoteca a reclamar y obtener lo que injustamente las entidades bancarias les hicieron pagar de forma ilegítima.
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